La Municipalidad de Santa Fe contará con una nueva herramienta para ordenar el cableado aéreo, retirar instalaciones en desuso y avanzar progresivamente con el soterramiento de redes en los sectores que se determinen. El Concejo Municipal aprobó el proyecto de ordenanza enviado por el Ejecutivo local, que establece reglas comunes para las empresas prestadoras de servicios y busca mejorar la seguridad y reducir la contaminación visual en el espacio público.
La normativa contempla un plan de intervención por etapas, la creación de un registro obligatorio para las empresas y un régimen de sanciones ante incumplimientos. También incorpora disposiciones específicas para la Empresa Provincial de la Energía (EPE), con el objetivo de garantizar la continuidad del servicio eléctrico ante situaciones de emergencia.
Una suspensión de 180 días para reorganizar las instalaciones
Entre sus principales disposiciones, la ordenanza establece una suspensión transitoria de 180 días corridos de las obligaciones vigentes vinculadas al soterramiento y del otorgamiento de nuevos permisos para instalaciones aéreas de telecomunicaciones. El plazo podrá extenderse una sola vez por un período igual.
La medida no alcanza a las tareas de mantenimiento, el recambio de redes existentes, las intervenciones de emergencia ni las obras de soterramiento. Además, prevé excepciones para determinadas zonas de la ciudad, entre ellas sectores de La Costa.
Durante ese período, la Municipalidad deberá elaborar y remitir al Concejo un Plan de Reordenamiento del Cableado Aéreo Existente. El documento permitirá definir prioridades, organizar los trabajos por sectores y establecer una planificación para mejorar la infraestructura.
Las tres etapas del plan de reordenamiento
El programa prevé un proceso progresivo para identificar los tendidos, retirar aquellos que ya no se utilizan y organizar las redes que permanecen activas.
La primera etapa consistirá en relevar e identificar el cableado existente, determinar qué instalaciones están en funcionamiento y establecer quiénes son sus titulares.
En una segunda instancia, se avanzará con el retiro de los cables en desuso mediante cronogramas de intervención por sectores. La tercera etapa estará orientada a ordenar las redes activas, compactar los tendidos, eliminar instalaciones redundantes y promover el soterramiento en las zonas donde se establezca como obligatorio.
El objetivo es contar con una infraestructura más organizada y reducir la acumulación de cables que permanecen instalados sin prestar servicios.
Las empresas deberán registrar sus redes
La ordenanza crea el Registro Único de Infraestructura Aérea de Telecomunicaciones y Energía (RUIA), una herramienta destinada a identificar las instalaciones existentes y sus responsables.
Las empresas deberán declarar la ubicación de sus redes, la cantidad y el tipo de cables, las estructuras utilizadas y los datos de contacto de sus responsables técnicos. El plazo establecido para completar la inscripción será de 90 días corridos desde la reglamentación de la ordenanza.
A partir de esa información, el municipio podrá contar con un relevamiento de la infraestructura y organizar las intervenciones necesarias para retirar los tendidos obsoletos y ordenar los que continúen en funcionamiento.
Qué reglas deberán cumplir las prestadoras
La normativa fija criterios técnicos para la instalación y el recambio del cableado de telecomunicaciones. Entre otras obligaciones, los tendidos deberán estar identificados con el nombre de la empresa responsable, mantenerse tensos y organizados en un único paquete.
También se deberán ordenar los cruces de calzada y evitar recorridos innecesarios. Además, cada empresa tendrá la obligación de retirar los cables propios que se encuentren fuera de uso cuando intervenga sobre su infraestructura.
En aquellos casos en los que los titulares no identifiquen sus tendidos dentro de los plazos establecidos, la Municipalidad podrá considerarlos en desuso y retirarlos, de acuerdo con el procedimiento previsto en la ordenanza.
El régimen sancionatorio contempla apercibimientos, multas, retiro del cableado a cargo de su titular y suspensión o caducidad de permisos cuando se registren incumplimientos graves o reiterados.
Qué establece la ordenanza para la EPE
La normativa incorpora un régimen específico para la Empresa Provincial de la Energía, a la que reconoce como prestadora de un servicio público esencial.
En ese marco, establece condiciones particulares para las intervenciones vinculadas con el suministro eléctrico. La EPE podrá actuar sin autorización municipal previa ante situaciones de urgencia cuando sea necesario atender fallas imprevistas, prevenir riesgos o restablecer el servicio.
La disposición busca evitar demoras en trabajos que resulten indispensables para garantizar la continuidad, la seguridad y la calidad de la prestación eléctrica.
Una mesa para coordinar las intervenciones
La ordenanza también dispone la conformación de la Mesa Municipal de Abordaje de Tendidos Aéreos y Subterráneos, integrada por representantes del Ejecutivo municipal, el Concejo, la EPE, los estados provincial y nacional, las empresas prestadoras y las universidades de la ciudad con especialización en la materia.
El espacio tendrá como funciones aportar criterios técnicos, proponer zonas prioritarias y realizar el seguimiento del plan. Sus informes deberán remitirse al Concejo Municipal cada seis meses.
Con estas disposiciones, la Municipalidad busca establecer un marco común para la gestión del cableado aéreo y planificar las futuras intervenciones. El alcance concreto de los trabajos dependerá de la elaboración del plan, la identificación de las redes y la definición de los sectores en los que se avanzará con el soterramiento.

