La Corte Suprema de Justicia de la Nación tomó tres decisiones vinculadas con la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), que involucran investigaciones por presuntas irregularidades financieras y la continuidad del control estatal sobre la entidad que preside Claudio “Chiqui” Tapia.
Con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, el máximo tribunal definió que dos investigaciones penales por supuestas maniobras con fondos de la asociación continúen en la Justicia nacional de la Ciudad de Buenos Aires. Además, confirmó que la Inspección General de Justicia (IGJ) conserva sus facultades de fiscalización sobre la AFA.
Las resoluciones tienen relevancia en el contexto del conflicto entre el Gobierno nacional y la conducción del fútbol argentino, particularmente por las diferencias respecto del domicilio legal de la institución y el organismo encargado de supervisarla.
La investigación por los balances de la AFA
Uno de los expedientes está relacionado con una denuncia presentada por Guillermo Tofoni contra Tapia y otros integrantes de la conducción de la AFA.
La presentación cuestiona la presunta omisión de ingresos en los balances de la entidad. Según la denuncia, no se habrían registrado aproximadamente 300 millones de dólares provenientes de un contrato con Tourprodenter LLC, empresa que actuaba como agente comercial exclusivo.
El conflicto judicial surgió entre dos juzgados de la Ciudad de Buenos Aires: el Nacional en lo Criminal y Correccional N.º 11 y el Nacional en lo Penal Económico N.º 8.
La Corte resolvió que la investigación debe continuar en el fuero ordinario de la Capital Federal. Para fundamentar su decisión, remitió al dictamen del procurador y consideró que la eventual falsedad de los balances estaría vinculada con una posible administración fraudulenta.
Otra denuncia por el presunto desvío de fondos
La segunda investigación también se originó en una denuncia de Guillermo Tofoni contra Tapia y otros directivos de la AFA.
En este caso, se analiza el supuesto desvío de los ingresos mencionados mediante transferencias que, según la presentación, no tendrían justificación y habrían beneficiado a integrantes de la conducción.
El expediente había quedado inicialmente en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N.º 11 de la Ciudad de Buenos Aires.
Sin embargo, el Juzgado Federal de Campana, a cargo de González Charvay, solicitó intervenir por considerar que existían posibles conexiones con otra investigación.
La causa por la mansión de Pilar
El planteo del juzgado de Campana estaba relacionado con la causa conocida como “Pantano”, iniciada a partir de una denuncia de Elisa Carrió por la adquisición de una propiedad en Pilar.
La presentación sostiene que la mansión habría sido comprada mediante una empresa denominada Real Central SRL, que funcionaría como pantalla, con fondos presuntamente desviados de la AFA en beneficio de su tesorero, Pablo Toviggino.
La Corte Suprema rechazó el pedido de intervención del juzgado federal de Campana en la investigación por los balances y las transferencias.
El máximo tribunal entendió que la causa por lavado de activos que se tramita en Campana tiene autonomía respecto de los delitos investigados en la Justicia ordinaria porteña. Por ese motivo, dispuso que el expediente continúe en el fuero nacional de la Ciudad de Buenos Aires.
La IGJ seguirá controlando a la AFA
Otra de las decisiones relevantes se relaciona con la disputa por el cambio de domicilio legal de la Asociación del Fútbol Argentino.
La Corte Suprema revocó una sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil que había declarado la nulidad de la resolución 140/2026 de la Inspección General de Justicia.
Mediante esa resolución, la IGJ había rechazado la inscripción de la reforma estatutaria impulsada por la AFA para trasladar su domicilio legal a la provincia de Buenos Aires. También había denegado la cancelación de su inscripción en el registro nacional.
La Cámara Civil había respaldado el planteo de la asociación y considerado cancelada su inscripción ante la IGJ. Esa decisión fue cuestionada por el Estado nacional ante la Corte Suprema.
En su presentación, el Gobierno sostuvo que la autorización del traslado había desconocido las condiciones reales de funcionamiento de la entidad. Entre otros argumentos, señaló que durante las inspecciones no se habían constatado oficinas administrativas efectivas de la AFA en Pilar.
Qué implica el fallo para la conducción de Tapia
En su resolución, la Corte explicó que el cambio de domicilio de una sociedad requiere completar previamente la cancelación registral de su domicilio anterior, un trámite que debe contar con la aprobación del organismo de control correspondiente.
Por lo tanto, mientras la AFA no complete ese procedimiento, continuará bajo la fiscalización de la Inspección General de Justicia.
El tribunal también hizo una aclaración sobre el precedente conocido como “Levinas”. Consideró que correspondía analizar directamente el recurso extraordinario porque en el expediente intervenía un organismo del Estado nacional, por lo que no debía pasar previamente por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires.
La decisión mantiene a la asociación bajo la supervisión de la IGJ, organismo que depende del Ministerio de Justicia de la Nación y que había designado veedores para controlar su actividad a comienzos de 2026.
De esta manera, los pronunciamientos de la Corte definen el ámbito judicial donde continuarán dos investigaciones penales y ratifican la continuidad del control administrativo nacional sobre la AFA, en medio de la disputa institucional entre el Gobierno y la conducción encabezada por Claudio Tapia.

