La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó por unanimidad las recusaciones presentadas por el gobernador Maximiliano Pullaro contra cuatro de sus ministros, en el marco de la controversia judicial por la ley previsional provincial. El fallo consideró el planteo “manifiestamente improcedente” y descartó la existencia de un conflicto de intereses.
La decisión se conoció días antes de la apertura del año judicial y en medio de un clima de alta tensión institucional entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial santafesino.
Rechazo unánime y fundamentos del fallo
El Ejecutivo provincial había solicitado apartar a los ministros Rubén Weder, Eduardo Spuler, Roberto Falistocco y Rafael Gutiérrez de las causas vinculadas a la constitucionalidad de la reforma previsional. El argumento oficial señalaba que su cercanía a la jubilación podía afectar la imparcialidad.
Sin embargo, el máximo tribunal resolvió que las recusaciones eran “palmariamente extemporáneas” y que no se acreditó un interés directo y actual de los magistrados en el resultado de los litigios.
En su resolución, la Corte sostuvo que la hipótesis planteada por la Provincia resultaba conjetural y carente de sustento concreto, y advirtió que aceptar ese criterio implicaría suponer que los jueces podrían anteponer un interés personal por encima de la Constitución y las leyes.
Alcance de la ley previsional y origen del conflicto
La reforma previsional sancionada en 2024 introdujo un “aporte solidario” para jubilaciones de mayores ingresos y estableció un tope equivalente a veinte haberes mínimos. Estas modificaciones impactan en futuros retirados del Poder Judicial y dieron lugar a múltiples amparos y recursos judiciales.
El tribunal recordó que la ley 10.160 establece una interpretación restrictiva de las causales de apartamiento y excluye expresamente los casos colectivos donde el interés personal carece de relevancia frente al objeto del proceso.
Asimismo, citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que rechaza recusaciones basadas en argumentos genéricos o hipotéticos.
La Corte provincial también dispuso que el criterio fijado se extienda a todas las causas donde se discuta la constitucionalidad de la ley 14.283, con el objetivo de evitar dilaciones procesales y garantizar la continuidad institucional.
Reformas institucionales y debate por la independencia judicial
En paralelo al debate previsional, la administración de Pullaro promovió iniciativas como la ampliación del número de integrantes del máximo tribunal y el envío de pliegos para cubrir cargos aún no vacantes, lo que generó cuestionamientos de sectores judiciales.
Desde el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial se advirtió sobre la necesidad de respetar la paridad de género y los procedimientos constitucionales en eventuales designaciones.
Ex camaristas y referentes del ámbito judicial calificaron la recusación como un “avasallamiento” a la independencia del Poder Judicial, mientras que el Gobierno sostuvo la legitimidad de su planteo en defensa del interés público.
Apertura del año judicial en un clima de tensión
La apertura formal del año judicial, prevista para el 12 de marzo, se presenta como un evento clave para observar la evolución de la relación entre el Ejecutivo y el Judicial en Santa Fe.
En un escenario marcado por la disputa institucional y la discusión sobre el sistema previsional, el fallo unánime de la Corte refuerza el debate sobre la independencia judicial y el alcance de las reformas impulsadas por el Gobierno provincial.

