Acción judicial contra el uso indebido de la marca
En una decisión clave para la lucha contra el juego ilegal, el Juzgado Federal Nº 2 de Santa Fe hizo lugar a una medida cautelar presentada por la Caja de Asistencia Social – Lotería de Santa Fe, en el marco de una demanda contra Meta Platforms Inc., empresa matriz de Facebook e Instagram.
La Justicia ordenó la eliminación inmediata de todas las publicaciones que utilicen de forma indebida la marca “Quini 6” para redirigir a sitios de apuestas clandestinas o no autorizadas. Además, exige a la plataforma monitorear de forma activa nuevos contenidos y bloquear los medios de pago utilizados por los anunciantes que incurrieron en estas prácticas.
Denuncias de usuarios y defensa institucional
Desde Lotería de Santa Fe explicaron que la medida se impulsó tras reiteradas denuncias de usuarios, quienes detectaron publicaciones en redes sociales que usaban la identidad de “Quini 6” para promocionar apuestas ilegales, afectando la confianza de los apostadores y vulnerando los derechos comerciales de la entidad.
“Esta medida busca proteger tanto el prestigio del juego oficial como a los usuarios frente a maniobras fraudulentas”, remarcaron desde el organismo.
Fundamentos del fallo: prevención y derecho registrado
La resolución judicial se basa en una acción preventiva de daños, al considerar acreditado el peligro en la demora y la verosimilitud del derecho invocado por la provincia. La marca “Quini 6” se encuentra debidamente registrada ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), lo que refuerza su protección legal.
El fallo, firmado por el juez Aldo Alurralde, enfatiza el riesgo reputacional para la marca al ser asociada con actividades ilícitas, y destaca la responsabilidad del Estado provincial en la defensa del juego legal.
Denuncia penal complementaria
La causa judicial, tramitada bajo el expediente “Provincia de Santa Fe c/ Facebook Inc. y otros s/ Marcas – Varios”, se complementa con una denuncia penal presentada por Lotería de Santa Fe ante el Ministerio Público de la Acusación (MPA).
En dicha presentación se invoca el artículo 301 bis del Código Penal, que sanciona la promoción de juego clandestino, apuntando directamente contra las páginas y anunciantes que violaron la ley.
Redacción CFIN