El aguinaldo, oficialmente denominado Sueldo Anual Complementario (SAC), es uno de los ingresos más esperados por los trabajadores en relación de dependencia durante el año. Se abona en dos cuotas: una en junio y otra en diciembre, y para muchas familias representa un impulso importante para afrontar gastos, cancelar deudas o realizar compras relevantes en el cierre del año.
¿Quiénes tienen derecho a cobrarlo?
La ley establece que el aguinaldo corresponde a todos los trabajadores registrados, sin distinción de rubro o modalidad contractual. Esto incluye:
- Sector privado
- Sector público
- Servicio doméstico registrado
- Trabajadores rurales
- Jubilados y pensionados
Quedan excluidos:
- Monotributistas
- Autónomos
- Trabajadores informales o no registrados
- Pasantes, salvo que el convenio lo contemple
El derecho al SAC se mantiene incluso con licencias pagas, vacaciones o enfermedad justificada. En casos de renuncia o despido, el empleador debe liquidarlo en forma proporcional.
¿Cuál es la fecha límite de pago en diciembre?
La Ley de Contrato de Trabajo establece que el aguinaldo de diciembre debe pagarse como máximo hasta el 18 de diciembre de cada año. Si esa fecha coinciden con un día no laborable, el empleador debe adelantar el pago al último día hábil anterior.
Algunas empresas depositan antes del plazo legal para facilitar la planificación económica de los trabajadores. Además, en la práctica algunas firmas aplican un margen adicional de hasta cuatro días hábiles, similar al que rige para salarios mensuales.
Cómo se calcula el aguinaldo de diciembre
El cálculo se basa en el 50% de la mayor remuneración mensual del segundo semestre del año, es decir, entre julio y diciembre.
Se consideran conceptos remunerativos como:
- Sueldo básico
- Horas extras
- Comisiones
- Plus salariales habituales
No se incluyen pagos no remunerativos ni compensaciones extraordinarias.
El SAC sufre los mismos descuentos que un sueldo mensual, como aportes jubilatorios, obra social y cargas sociales.
Cálculo proporcional para quienes ingresaron después de julio
Si el trabajador no completó seis meses de antigüedad a diciembre, se liquida proporcionalmente:
- Se identifica la mejor remuneración mensual.
- Se divide por 12.
- Se multiplica por la cantidad de meses trabajados.
Este sistema garantiza que todos los trabajadores reciban el aguinaldo en proporción a su tiempo de servicio, aun cuando no hayan completado el semestre.
¿Qué pasa si el empleador no paga en término?
El pago fuera de plazo se considera un incumplimiento laboral. En ese caso, el trabajador puede:
- Reclamar mediante el gremio
- Presentar una denuncia ante la autoridad laboral
- Iniciar acciones legales
- Considerar la relación como rescindida si el incumplimiento es grave
Los sindicatos recomiendan verificar el depósito y guardar los comprobantes de pago, ya que la reiteración del atraso puede resultar en sanciones para la empresa.

