El Gobierno nacional buscará aprobar este viernes en el Senado el proyecto de Inocencia Fiscal, una iniciativa clave dentro de la estrategia económica de la administración de Javier Milei. La propuesta apunta a blanquear capitales no declarados y a actualizar los umbrales del Régimen Penal Tributario, con el objetivo de adecuarlos a la actual realidad inflacionaria y brindar mayor previsibilidad legal a los contribuyentes.
La iniciativa se discute en paralelo al tratamiento del Presupuesto 2026, que el Ejecutivo presenta como una señal hacia los mercados y como una herramienta para ordenar el frente financiero.
Qué cambia con el Régimen Penal Tributario
Uno de los puntos centrales del proyecto es la modificación de los montos a partir de los cuales la evasión fiscal se considera delito penal. Según explicó Martín Caranta, socio del Departamento de Impuestos de Lisicki, Litvin & Abelovich, la evasión simple pasará a configurarse recién desde los $100 millones.
“El delito de evasión requiere dos condiciones: superar el piso que fija la ley y la existencia de una conducta dolosa, es decir, haber incumplido deliberadamente una obligación tributaria”, precisó el especialista.
De este modo, no toda diferencia impositiva superior a ese monto implicará automáticamente una denuncia penal, sino que deberá analizarse la intencionalidad del contribuyente.
Nuevos umbrales para la evasión agravada
El proyecto también eleva de forma sustancial los montos vinculados a la evasión agravada. El piso general se ubicará en $1.000 millones, frente a los $15 millones actuales.
En determinados supuestos, los mínimos serán aún mayores:
- $200 millones cuando intervengan estructuras jurídicas, personas interpuestas o jurisdicciones que dificulten la identificación del responsable.
- $200 millones cuando se utilicen de manera fraudulenta exenciones o beneficios fiscales.
- Más de $100 millones cuando se empleen facturas o documentos apócrifos, frente al umbral vigente de $1,5 millones.
Por qué se impulsa la actualización de los montos
Desde el ámbito tributario señalan que los valores vigentes quedaron completamente desactualizados. Noelia Girardi, gerente de impuestos del mismo estudio, sostuvo que “los montos llevan años sin actualizarse y hoy están claramente desfasados respecto de la realidad económica”.
La especialista aclaró que ciertas figuras penales que no dependen de montos, como la insolvencia fiscal fraudulenta o la alteración de registros, no sufrirán modificaciones con el nuevo régimen.
En la misma línea, el contador Marcos Felice coincidió en que la reforma era necesaria para evitar que cualquier contribuyente quede expuesto a una causa penal, aunque advirtió que la inflación podría volver a licuar rápidamente los nuevos umbrales, ya que el primer ajuste automático recién se aplicaría en enero de 2027.
Multas automáticas: el otro eje del debate
Otro de los puntos más controvertidos del proyecto es el esquema de multas automáticas, que sufriría incrementos superiores al 110.000%. A modo de ejemplo, la sanción del artículo 38 pasaría de $200 a $220.000 para personas físicas y de $400 a $440.000 para personas jurídicas.
Frente a las críticas, el ministro de Economía, Luis Caputo, anticipó que no se aplicarán multas automáticas de manera inmediata. Según explicó, ARCA enviará primero un aviso al contribuyente otorgándole un plazo adicional para regularizar su situación.
“En lugar de intimar y multar directamente, ARCA enviará un recordatorio por 10 o 15 días hábiles. Recién después de ese plazo se evaluará la sanción”, detalló el funcionario.
Además, indicó que la agencia tendrá en cuenta la cantidad de días de demora, diferenciando incumplimientos ocasionales de conductas reiteradas, con el objetivo de evitar penalidades inflexibles.

