Reforma de la Ley de Glaciares: los puntos clave
La Cámara de Diputados aprobó la reforma de la Ley de Glaciares con 137 votos afirmativos, 111 negativos y 3 abstenciones, marcando un cambio significativo en el esquema de protección ambiental vigente desde 2010.
- Reforma de la Ley de Glaciares: los puntos clave
- Mayor poder para las provincias
- Protección más limitada: enfoque en la “función hídrica”
- Cambios en zonas periglaciares y glaciares de escombros
- Fin de las prohibiciones generales
- Rol reducido del IANIGLA
- Criterios dispares entre provincias
- Principio precautorio (con cambios)
- Protección “condicional” en lugar de preventiva
- Evaluación ambiental obligatoria
- Debate abierto: ambiente vs. producción
La norma, que modifica la Ley 26.639, fue girada al Poder Ejecutivo para su promulgación y reabre el debate sobre el equilibrio entre protección de recursos hídricos y desarrollo productivo.
Mayor poder para las provincias
Uno de los cambios centrales es que las provincias tendrán mayor autonomía para definir qué áreas proteger, respondiendo a reclamos de distritos con fuerte desarrollo minero.
Esto implica un giro hacia un esquema de federalismo ambiental, donde las decisiones dejan de ser exclusivamente nacionales.
Protección más limitada: enfoque en la “función hídrica”
La reforma establece que solo estarán protegidos los glaciares y zonas periglaciares que cumplan una “función hídrica comprobada o relevante”.
👉 En la práctica, esto significa que:
- Se reduce el alcance de la protección general previa
- Se priorizan únicamente las reservas estratégicas de agua
Cambios en zonas periglaciares y glaciares de escombros
Se redefine la protección sobre áreas clave como:
- Zonas periglaciares
- Glaciares de Escombros (GdE)
Muchas de estas regiones coinciden con sectores de alto interés para la minería, lo que abre la puerta a nuevas actividades.
Fin de las prohibiciones generales
El nuevo esquema elimina las restricciones amplias y establece que:
- Cada proyecto deberá pasar por una evaluación de impacto ambiental
- La autorización será definida caso por caso por las provincias
Esto reemplaza el modelo anterior, que prohibía directamente ciertas actividades.
Rol reducido del IANIGLA
El IANIGLA pierde protagonismo:
- Antes: tenía un rol científico central
- Ahora: pasa a una función más registral y consultiva
El Inventario Nacional de Glaciares seguirá siendo obligatorio de consultar, pero no vinculante.
Criterios dispares entre provincias
La reforma habilita que cada jurisdicción aplique sus propios criterios, lo que podría generar:
- Fragmentación normativa
- Diferencias en los niveles de protección ambiental
Principio precautorio (con cambios)
Se mantiene el principio precautorio, pero con una modificación clave:
- Los glaciares estarán protegidos hasta que se determine que no cumplen función hídrica
- Una vez descartada esa función, pierden la protección específica
Protección “condicional” en lugar de preventiva
El nuevo enfoque transforma el modelo:
- Antes: protección estructural y preventiva
- Ahora: protección revisable y condicionada
Esto introduce mayor flexibilidad, pero también incertidumbre.
Evaluación ambiental obligatoria
Todas las actividades deberán someterse a un proceso de:
- Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) previa
- Ajustado a la normativa vigente en cada provincia
Debate abierto: ambiente vs. producción
La reforma generó fuertes cuestionamientos de especialistas y organizaciones ambientales, que advierten sobre riesgos para las reservas de agua dulce.
Desde el Ejecutivo, en cambio, sostienen que la medida permitirá:
- Ordenar el marco legal
- Evitar interpretaciones arbitrarias
- Fortalecer el rol de las provincias

