La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a extender el plazo para presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias del período fiscal 2025 para personas humanas y sucesiones indivisas.
La medida quedó establecida mediante la Resolución General 5876/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial. Con esta decisión, ARCA modificó el cronograma de vencimientos vigente.
¿Hasta cuándo se puede presentar la declaración jurada?
Los contribuyentes ahora tendrán tiempo hasta el 27 de agosto de 2026 para presentar la declaración jurada de Ganancias.
El plazo para pagar el saldo del impuesto no cambió. ARCA mantuvo el vencimiento para el 27 de julio de 2026.
La prórroga alcanza a los contribuyentes del régimen general y también a quienes utilizan el Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
Bienes Personales mantiene la misma fecha
ARCA confirmó que el Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente al período fiscal 2025 no tendrá cambios.
Por ese motivo, la fecha límite para presentar y pagar ese tributo seguirá siendo el 27 de julio de 2026.
Cambios en el primer anticipo de Ganancias 2026
La resolución también postergó el primer anticipo del Impuesto a las Ganancias del período fiscal 2026.
El nuevo cronograma quedó definido de la siguiente manera:
- CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3: 14 de septiembre.
- CUIT terminados en 4, 5 y 6: 15 de septiembre.
- CUIT terminados en 7, 8 y 9: 16 de septiembre.
Por qué ARCA decidió extender el plazo
ARCA explicó que tomó esta decisión por razones de administración tributaria. El objetivo es facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
El organismo también indicó que los anticipos del período fiscal 2026 se calculan con el impuesto determinado en la declaración del año anterior. Por ese motivo, decidió postergar el vencimiento del primer anticipo.
Qué cambia y qué no cambia
La principal modificación es el plazo para presentar la declaración jurada de Ganancias, que ahora vence el 27 de agosto de 2026.
El pago del saldo del impuesto y las obligaciones de Bienes Personales mantienen el vencimiento del 27 de julio de 2026.

