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Lectura: Balangione pidió el mismo sistema disciplinario de los jueces para defensores y fiscales
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Cfin. Noticias de Sta. Fe > Blog > Provincia > Balangione pidió el mismo sistema disciplinario de los jueces para defensores y fiscales
Provincia

Balangione pidió el mismo sistema disciplinario de los jueces para defensores y fiscales

Cfin Noticias
Última actualización: 23/05/2021 a las 1:01 PM
Cfin Noticias
hace 4 años
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Balangione, defensora general de la provincia dijo que en la actualidad los defensores «quedan exclusivamente en manos de los legisladores» para ser sancionados

La defensora general de la provincia, Jaquelina Balangione, visitó la redacción de UNO Santa Fe y se refirió a los diferentes cambios normativos para regular la forma de controlar el accionar de los defensores y fiscales de la provincia. En ese sentido dijo que, con la normativa actual, los defensores están expuestos potencialmente a una persecución política ya que el sistema disciplinario quedó exclusivamente en manos de la Legislatura.

—Los fiscales se quejaron mucho de la ley de control de su accionar y el Servicio de Defensa Pública Penal fue creado con una ley muy similar a la del Ministerio Público de la Acusación. El sistema de control es el mismo y con las modificaciones que hicieron los legisladores eso quedó en manos de la Legislatura. ¿Se siente condicionada políticamente con ese esquema?

—Desde un primer momento manifesté mi desacuerdo con ese sistema porque me parece que los defensores, los fiscales y los jueces tenemos que tener las mismas garantías, tal como estaba planteado en la ley originaria. De esta manera nosotros quedamos exclusivamente en manos de los legisladores, que son el área más política del Estado. Si bien los defensores no atravesamos el mismo problema de los fiscales que tienen muchas denuncias, porque en este momento no hay ni una denuncia contra un defensor en la Legislatura, eso no quita potencialmente la posibilidad de una persecución política. Hay dos situaciones constitucionalmente protegidas: la de la víctima por un lado, y la del imputado con todo el sistema de garantías que le brinda la Constitución y el derecho de defensa. Son derechos que están en tensión o, como dicen algunos, son garantías que se empujan entre sí. Por ejemplo, si a una defensora le toca defender a un imputado por abuso sexual infantil y consigue la declaración de inocencia haciendo su trabajo, seguramente el clamor popular va a ser una presión y la van a denunciar y si la Legislatura recoge esa denuncia puede hasta llegar a aplicar una sanción sin un control externo, va a ser meramente político. Potencialmente nosotros también tenemos un problema. A mí me gustaría volver al sistema anterior y tener el mismo sistema que los jueces.
La Defensora General de la provincia, Jaquelina Balangione, dijo que los defensores están expuestos a una potencial persecusión política por parte de los legisladores.

La Defensora General de la provincia, Jaquelina Balangione, dijo que los defensores están expuestos a una potencial persecusión política por parte de los legisladores.

—En ese sistema interviene la Corte.

—Claro y un jury. Nosotros teníamos un sistema disciplinario originalmente que llegaba hasta la cabeza de la defensa y en el caso de un pedido de remoción tenía que haber un representante de la defensa, un legislador y alguien del Colegio de Abogados. Un jury como para remover a ese funcionario o magistrado. Esto se va a solucionar el día que se modifique la Constitución, ya que hoy por hoy, más allá de tener autonomía, seguimos bajo la órbita del Poder Judicial. Si a esto se lo creara constitucionalmente, como Entre Ríos o a nivel nacional, que tienen las mismas garantías que los jueces.

—En esa hipotética reforma constitucional, ¿qué lugar ocuparían el MPA y el Servicio de Defensa?

—Habría que ver qué surge de la convención constituyente, pero hay dos posibilidades o queda en la órbita del Poder Judicial con estas cuestiones más claras. Nosotros no figuramos en la Constitución, somos creados por leyes, la 13.013 y la 13.014, que inclusive motivó una disputa de constitucionalidad en su momento que salió cuatro a dos a favor de la constitucionalidad, pero hubo una resistencia porque alteraron el código original. La Ley 12.734 traía otro esquema de defensa y ministerio público que dependía todo del procurador. Cuando se produjo el cambio de gobierno y llegó Binner con Superti como ministro de Justicia, que es un hombre del derecho procesal penal, profesor y autor de numerosas publicaciones, criticó esto y propuso modificaciones, se derogó todo el capítulo original y surgieron estos dos órganos y la transformación del colegio de jueces. Son tres leyes que organizan las partes y los sujetos procesales. En ese momento el que era procurador dijo que era inconstitucional porque no estamos en la Constitución que solo habla del procurador como cabeza del ministerio público. Finalmente se aceptó, pero quedaron estas situaciones que son híbridas a mi modo de ver. Creo que el día que la Constitución se modifique y nos contemple se verá. Creo que la postura más fuerte es que sean órganos extrapoder, que no pertenezcan a ningún Poder del Estado porque pasa que los fiscales tienen que investigar a los políticos o a los jueces y nosotros también tenemos que denunciar al Estado cuando no se cumple con los hábeas corpus o hay situaciones de violencia institucional, desaparición de personas. En nuestras facultades tenemos la posibilidad de llegar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos y a Naciones Unidas denunciando al Estado provincial y al Estado argentino. Necesitamos tener una independencia y autonomía para poder actuar en el marco de estas normativas. Con la autonomía funcional está bastante acomodado el tema con la Corte. Pero pasan estas cosas, estas diferencias que no deberían existir. Nosotros y los fiscales para trabajar tranquilos deberíamos estar equiparados con los jueces para poder tener la proporción de números, el equiparamiento salarial que todavía está pendiente porque los defensores públicos y los adjuntos hacen la misma tarea, pero los adjuntos cobran como secretarios y los públicos como jueces; y el mismo régimen disciplinario.

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