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Lectura: La Corte Suprema intimó a Gildo Insfrán a garantizar los derechos humanos en los centros de aislamiento de Formosa
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CFIN Noticias > Blog > Destacados > La Corte Suprema intimó a Gildo Insfrán a garantizar los derechos humanos en los centros de aislamiento de Formosa
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La Corte Suprema intimó a Gildo Insfrán a garantizar los derechos humanos en los centros de aislamiento de Formosa

Cfin Noticias
Última actualización: 26/02/2021 a las 12:48 PM
Cfin Noticias
Publicado 26 de febrero de 2021
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También solicitó información sobre los protocolos ante un caso positivo de coronavirus. El máximo tribunal ya había intervenido con los varados.

La Corte Suprema de Justicia intimó este jueves al gobernador Gildo Insfrán a garantizar los derechos humanos en los centros de aislamiento montados en Formosa para casos confirmados y sospechosos de coronavirus.

El gobierno formoseño había sido acusado por la oposición de llevar adelante una política de prevención sanitaria ante la emergencia por Covid-19 reñida con los derechos humanos. En los últimos meses, TN reflejó el aislamiento compulsivo de casos activos y bajo sospecha en el Estadio Polideportivo Cincuentenario y otros establecimientos, en condiciones de hacinamiento y sin distancia social entre sanos y contagiados.

// Por el ingreso de TN a Formosa, Gildo Insfrán mandó otra vez a desmantelar los centros de aislamiento

En el pedido de informes, el máximo tribunal también exhortó al Gobierno provincial a llevar adelante un protocolo anticontagios que respete los DDHH. No es la primera vez que interviene ante las disposiciones sanitarias ordenadas por el mandatario: ya lo había hecho en noviembre del año pasado, cuando autorizó el ingreso de los varados.

La solicitud de la Corte llega horas después de que Insfrán, a raíz del fallo de la Justicia federal que permitió a un móvil de TN ingresar a la provincia, ordenara el desmantelamiento del principal centro sanitario, ubicado en la capital provincial.

Esto ya había ocurrido un mes atrás, previo a la visita del secretario de Derechos Humanos Horacio Pietragalla a la provincia por las denuncias de maltratos y condiciones de hacinamiento en estos establecimientos.
Formosa: el desmantelamiento de los centros de aislamiento, bajo sospecha de la Corte

Ahora, los ministros de la Corte reclaman saber si “el Centro de Atención Sanitaria ubicado en el Estadio Polideportivo Cincuentenario ha sido desactivado de manera definitiva, o si se trata de una resolución condicionada a la reducción en el nivel de contagios” y, en dicho caso, “bajo qué pautas se procedería a su reapertura”.

A su vez, el máximo tribunal consultó “si subsisten en actividad otros centros de internación que funcionen bajo las mismas condiciones” que las referidas por la Fiscalía de Estado de la Provincia de respecto del Estadio Polideportivo Cincuentenario.

En otro fragmento de la presentación, consultaron si el funcionamiento de esos centros cumple con “los protocolos para la protección de derechos humanos que deben respetar las autoridades provinciales que controlan y aplican la regulación sanitaria, incluso respecto de quienes cumplan cuarentenas domiciliarias”.

En esta sintonía, el máximo tribunal instó al Gobierno formoseño a “llevar a cabo el control y prevención de la propagación del virus COVID–19 con arreglo a los estándares constitucionales y convencionales concernientes a los derechos humanos”, así como de “brindar efectivo amparo a las personas cuyos derechos se ven amenazados o han sido ya vulnerados”.

El caso de Formosa llegó a la Corte Suprema por un planteo de hábeas corpus presentado por el senador radical Luis Naidenoff.

El 11 de febrero, una fiscal de Estado de Formosa señaló que el Estadio Polideportivo Cincuentenario, habilitado ante la irrupción de brotes epidemiológicos en diferentes localidades de la provincia, había sido desactivado ante la merma en el nivel de contagios.

En su resolución, la Corte Suprema subrayó que “las medidas que se adopten para hacer frente a la pandemia y conlleven la regulación de derechos fundamentales deben ser limitadas temporalmente, legales, ajustadas a los objetivos definidos conforme a criterios científicos, razonables, estrictamente necesarias y proporcionales”.

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