El Juzgado Civil y Comercial de Rafaela dictó el 27 de marzo de 2026 las sentencias de verificación de créditos en el concurso preventivo de SanCor Cooperativas Unidas Limitada (CUL), una instancia central dentro del proceso judicial que atraviesa la histórica cooperativa láctea.
Tras analizar 1.519 presentaciones de acreedores, el tribunal determinó qué deudas son válidas, por qué montos y con qué prioridad de cobro, conforme a lo establecido por la Ley de Concursos y Quiebras.
En conjunto, el pasivo reconocido alcanza miles de millones de pesos y decenas de millones de dólares, distribuidos entre acreedores comerciales, entidades financieras, organismos fiscales, trabajadores y profesionales.
### Acreedores comerciales y financieros
Entre los acreedores reconocidos figuran proveedores y empresas vinculadas a la actividad comercial de la cooperativa. Los créditos con documentación respaldatoria suficiente fueron admitidos, mientras que otros reclamos fueron rechazados por falta de pruebas o por encontrarse incluidos en acuerdos previamente cumplidos.
En el plano financiero, se verificaron reclamos de entidades bancarias, fideicomisos y fondos internacionales de inversión.
Uno de los casos más relevantes es el del fondo holandés BAF LATAM Trade Finance Fund B.V., que reclamaba cerca de 48 millones de dólares más intereses. El tribunal finalmente reconoció un crédito por USD 51.859.126,90, aunque sin las garantías sobre marcas e inmuebles que el fondo había constituido.
También se resolvió el reclamo del fondo IIG Structured Trade Finance Fund Ltd., en liquidación oficial en Islas Caimán, que solicitaba cerca de USD 34,5 millones. La Justicia reconoció el crédito por USD 34.476.796 más intereses, pero como acreencia ordinaria, al considerar que las garantías reales eran inoponibles frente a otros acreedores.
En tanto, el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) fue reconocido con privilegio especial por más de 2.279 millones de pesos, respaldado por una prenda sobre la marca SanCor.
### Reclamos fiscales millonarios
Entre los acreedores también aparecen organismos fiscales nacionales, provinciales y municipales.
El reclamo más significativo corresponde a ARCA (ex AFIP), al que se le reconoció un crédito superior a 23.607 millones de pesos en capital de impuestos, aportes y contribuciones, además de 25.235 millones en intereses y honorarios.
El tribunal también rechazó multas por 33,5 millones de pesos, al considerar que fueron impuestas mediante actos administrativos dictados después de la apertura del concurso.
Asimismo, la Justicia aplicó un criterio de reducción de intereses fiscales considerados excesivos, fijándolos en línea con la tasa activa del Banco Nación, bajo el argumento de que el propio Estado no puede aplicar tasas abusivas.
### Situación de los trabajadores
En el proceso concursal se presentaron 1.063 acreedores laborales. Sin embargo, 1.044 ya habían cobrado o tenían reconocidos sus créditos mediante el mecanismo de pronto pago, que permite percibir acreencias laborales con prioridad durante el concurso.
Por este motivo, esas presentaciones fueron declaradas inadmisibles para evitar duplicaciones en el pasivo concursal.
En cambio, otros 16 trabajadores obtuvieron el reconocimiento directo de sus créditos, con montos que van desde poco más de un millón hasta más de 192 millones de pesos.
### Honorarios profesionales y reclamos rechazados
También se presentaron abogados, contadores, peritos y asesores profesionales. En estos casos, el tribunal exigió la acreditación efectiva de los servicios prestados, rechazando pedidos basados únicamente en recibos o sin regulación judicial firme.
Entre los casos admitidos, cuatro abogados obtuvieron el reconocimiento de honorarios en dólares por gestiones vinculadas a ATILRA, OSPIL y AMPIL entre 2017 y 2024, por más de tres millones de dólares en total.
Además, 59 acreedores fueron declarados inadmisibles por no haber presentado el escrito inicial de verificación, requisito indispensable para que el tribunal analice el reclamo.
### Próximas etapas del concurso
Las sentencias de verificación representan una etapa clave del proceso concursal, aunque no la definitiva.
A partir de ahora, la sindicatura —integrada por tres profesionales— deberá elaborar el informe general previsto en el artículo 39 de la Ley de Concursos y Quiebras, donde se analizará la situación patrimonial global de la cooperativa.
Posteriormente se abrirá la etapa de negociación con los acreedores, con el objetivo de alcanzar un acuerdo preventivo que permita reestructurar las deudas y evitar la quiebra.
Los acreedores tienen plazo hasta el 7 de abril para solicitar aclaraciones sobre las resoluciones dictadas por el tribunal.
### Intervención judicial y crisis operativa
En paralelo, el juez adoptó medidas destinadas a sostener el funcionamiento de la empresa en medio de su compleja situación financiera.
El tribunal dispuso la prórroga de la coadministración judicial hasta el 30 de junio de 2026, por lo que la contadora Lucila I. Prono continuará supervisando la gestión de la cooperativa.
Entre los problemas detectados figura una deuda postconcursal superior a 6.349 millones de pesos al 31 de enero de 2026, que crece a un ritmo cercano a los 3.000 millones mensuales, además de retenciones impositivas y previsionales practicadas pero no depositadas.
El juez también intimó al Consejo de Administración a presentar el balance del ejercicio cerrado el 30 de junio de 2025 y convocar a la asamblea ordinaria, bajo apercibimiento de remoción y designación de un administrador judicial.
Asimismo, ante el vencimiento del fideicomiso que administraba los fondos operativos, el tribunal autorizó la apertura de una cuenta corriente especial en el Nuevo Banco de Santa Fe, protegida de embargos individuales.
La medida busca evitar que medidas cautelares aisladas de acreedores afecten el giro operativo de la empresa y precipiten una quiebra, en un contexto de agravamiento de la crisis de la histórica cooperativa láctea.

