Entendemos que el Ministerio Público de la Acusación y el Servicio Público
Provincial de la Defensa Penal, de ser reconocidos en la nueva constitución,
deben serlo dentro del Poder Judicial, para que no pierdan la protección de
integrar uno de los poderes del estado provincial, con todo lo que ello implica. De
no ser así, de crearse la figura del extra poder, en vez de fortalecerse la
Autonomía Funcional y Autarquía Financiera de estos, las mismas se verán
debilitadas para ser sometidas en el futuro al poder político de turno, o a una
mayoría circunstancial que pondrá en peligro, el ejercicio de los derechos y
garantías consagrados en la Constitución, la propia división de poderes y en
particular los derechos laborales de quienes integramos esos Ministerio Públicos,
sean Fiscales, Defensores, funcionarios y empleados.
La Autonomía Funcional y la Autarquía Financiera, podrán estipularse con rango
constitucional, sin perjuicio de que hoy en día dichos Ministerios ya las gozan por
su ley de creación. En tal sentido, no conocemos expresión alguna de la actual
titular del MPA Dra. Cecilia Vranicich o de los ex- titulares Dres. Julio De Olazábal
y Jorge Baclini, sobre alguna limitación en el ejercicio de la acción penal y/o en la
planificación de la política de persecución criminal; y en el mismo sentido no
escuchamos expresión alguna de la Dra. Estrella Moreno Robinson o de los ex –
titulares Dr. Gabriel Ganón y Jaquelina Balangione de la existencia de limitaciones
para el cumplimiento de la defensa en juicio, con el debido proceso, las garantías
constitucionales o con relación al tratamiento penitenciario de las personas
privadas de libertad y/o sujeta a proceso penal
A su vez, la AUTARQUÍA FINANCIERA con relación a la plantilla de personal y a la
asignación de recursos para gastos de funcionamiento y capital, son asignados
por la ley de presupuesto anual, en la cual intervienen en su sanción el Poder
Ejecutivo y el Poder Legislativo, no teniendo injerencia alguna el Poder Judicial
para configurar la cantidad de empleados y los recursos presupuestarios para su
funcionamiento.
Es por ello, que no es cierto que actualmente no gozan de Autonomía Funcional y
Autarquía Financiera, muy por el contrario, la designación de personal se ajusta a
derecho. Los santafesinos sabemos que Fiscales y Defensores son designados por
el Poder Ejecutivo de Turno con acuerdo legislativo, los funcionarios por concurso
público a propuesta de los titulares del MPA y del SPPDP, el personal
administrativo por concurso público para todo el Poder Judicial de la Provincia de
Santa Fe, el personal de maestranza y servicio a propuesta de las titulares del
MPA y SPPDP y tienen además el derecho de designar por concurso especial a
cualquier persona que sea necesaria para el cumplimiento de sus fines, con cargo
de funcionario o personal administrativo bajo los requisitos de su propia
autonomía.
Por ello entendemos que, de corresponder una mayor Autonomía y Autarquía
con rango constitucional, la misma deberá darse bajo el paraguas o dentro del
Poder Judicial, UNICA GARANTÍA DE INDEPENDENCIA FUNCIONAL Y
DEMOCRÁTICA, al servicio del pueblo santafesino.
Pero además del riesgo de la sumisión de estos Ministerios en el caso de ser extra
poder al poder político de turno, sin contar con los contrapesos institucionales de
controles republicanos, vemos como gran peligro el avasallamiento de inmediato
de los derechos laborales de Fiscales/as, Defensores/as, Funcionarios/as y
empleados/as, que verán condicionados su régimen salarial y la carrera judicial
que tanto costó para todos los integrantes del Poder Judicial.
En tal sentido, es voluntad de los trabajadores y trabajadoras seguir
perteneciendo al Poder Judicial y no escindirse de él, pues ingresaron con pleno
derecho y como opción de vida a un Poder del Estado para desarrollarse como
persona humana y en familia y en progreso de toda la comunidad.
La futura ley pregonada en el articulado a considerar por los constituyentes, nada
garantiza sobre la equiparación salarial con el Poder Judicial y mucho menos la
carrera judicial que hace al respeto del histórico escalafón de promoción y
ascenso y a la posibilidad de acceder a mayores cargos con subrogancias en
diferentes órganos jurisdiccionales y de gestión, en el Poder Judicial de la
Provincia de Santa Fe.
Por tanto, estando en juego la democracia (posible y probable sumisión de estos
Ministerios al poder de turno), la división histórica de los tres poderes (creando
un extra-poder) y muy especialmente los derechos laborales de los trabajadores y
trabajadoras judiciales, expresamos que la única solución viable a este planteo de
mayor Autonomía y mayor Autarquía debe ser resuelta en el marco de su
pertenencia al Poder Judicial, única garantía de independencia y de un freno a
probable o posibles posturas antidemocráticas de futuros gobernantes.
En tal sentido instamos a todos los santafesinos y santafesinas a que acompañen
alos trabajadores judiciales para que estos Ministerio Públicos continúen con
mayor fortaleza en el cumplimiento de sus fines, pero dentro del Poder Judicial y
la continuidad de los derechos laborales de quienes ingresaron a prestar tareas.
Esperamos y creemos que como lo señala el actual art. 20 de la Constitución
Provincial, el trabajo debe ser protegido y por tanto sabrán entender los
convencionales constituyentes que la actividad judicial de los Ministerios Públicos
y los trabajadores/as deben ser escuchados para llevarle tranquilidad a sus
familias y a toda la Provincia de Santa Fe.
Posición del Sindicato de Trabajadores Judiciales de laProvincia de Santa Fe sobre la ubicación del M.P.A. ydel S.P.P.D.P. en la Reforma Constitucional.
Desde el Sindicato tenemos una gran expectativa sobre la Nueva Constitución Provincial como pacto social de los santafesinos, de convivencia y de garantía de los derechos laborales.

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