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Lectura: Con responsabilidad, en defensa de lo justo
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CFIN Noticias > Blog > Provincia > Con responsabilidad, en defensa de lo justo
Provincia

Con responsabilidad, en defensa de lo justo

La UPCN en los primeros días del mes de Marzo del corriente año suscribió con el Poder Ejecutivo Provincial el ACUERDO PARITARIO para el personal amparado en la Ley N° 10.052 y su modificatoria estableciendo pautas salariales al mes de Septiembre 2022.

Sfaff Cfin
Última actualización: 29/08/2022 a las 1:59 PM
Sfaff Cfin
Publicado 29 de agosto de 2022
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Dicho acuerdo estableció un PROCESO DE REVISION a los efectos de evaluar en el transcurso del tiempo del mismo su desarrollo con las variables inflacionarias y económicas.

Lo anterior, refleja la incertidumbre económica, cambiaria e inflacionaria que atraviesa nuestro país evidenciada sin duda por todos los hechos ocurridos a la fecha y que modificaron sustancialmente las proyecciones consideradas inicialmente por ambas partes.

Esta Entidad Sindical, ante tales circunstancias, en fecha 24 de Mayo por nota dirigida al Sr. Gobernador de la Provincia solicitó la apertura de los ámbitos paritarios para la revisión de las pautas salariales ante la aceleración sostenida del nivel de precios que deteriorarían el poder adquisitivo de los salarios y que no reflejaba la intención no sólo de la UPCN sino del propio Poder Ejecutivo Provincial de que los salarios estén por encima de la inflación en el corriente año.

Desde esa fecha y hasta el presente esta conducción gremial realizó innumerables gestiones a los efectos de la apertura paritaria con el objetivo de dar tratamiento a una problemática que merecía una mirada responsable y de consensos a los efectos de evitar circunstancias que perjudicaran a las partes y en su consecuencia a la sociedad en general.

El último viernes, sin considerar lo hecho por la UPCN ni lo ocurrido en nuestro país, el Poder Ejecutivo Provincial atento a su comunicado nos pone como únicos responsables de tal situación y lo que preocupa aún más: nos responsabiliza por todos los perjuicios ocasionados a la sociedad.

Se sostiene como único argumento la LEGALIDAD de lo suscripto y su cumplimiento estricto, cuando como en todo acuerdo ante circunstancias imprevistas y con efectos nocivos para una de las partes se debe contemplar la posibilidad de que a partir del diálogo consensuado y constructivo se eviten circunstancias no deseadas en beneficio de todos.

La norma escrita pierde su valor cuando lo que surja de ella NO ES LO JUSTO.

En el mismo comunicado el Poder Ejecutivo considera que agotadas todas las instancias de consensos y negociación resuelve NO ABONAR LOS DIAS NO TRABAJADOS POR LOS AGENTES PÚBLICOS ante las medidas dispuestas por las Entidades Sindicales.

La UPCN RECHAZA en primera instancia esta determinación que aleja toda posibilidad de acuerdos y consensos necesarios para la resolución de un conflicto.

Asimismo, luego de las consultas realizadas por la Comisión Directiva y el cuerpo de Delegados Zonales se RESUELVE disponer para los días MARTES 30 y MIERCOLES 31 DEL CORRIENTE MES PARO DE ACTIVIDADES SIN CONCURRENCIA A LOS LUGARES DE TRABAJO, CON GUARDIAS MÍNIMAS en servicios esenciales, siendo extendidas a los compañeros que liquidan sueldos de los trabajadores contratados, PARA TODO EL AMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

UN CONFLICTO ES EL FRACASO EN LA NEGOCIACION. En esta situación, está más que claro que de ello la UPCN NO ES LA RESPONSABLE.

Fuente: CFIN

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