El Colegio de Nutricionistas cuestiona los cambios en el etiquetado de alimentos
La Ley de Promoción de la Alimentación Saludable (Ley N° 27.642), también conocida como Ley de Etiquetado Frontal, fue modificada por las disposiciones 11362/2024 y 11378/2024 de la ANMAT, generando preocupación entre profesionales de la nutrición.
- El Colegio de Nutricionistas cuestiona los cambios en el etiquetado de alimentos
- Reducción de octógonos: menos advertencias, más confusión
- Edulcorantes no siempre identificados
- Publicidad y promoción: menos restricciones para productos dirigidos a menores
- Claims nutricionales y contradicciones
- Pérdida de herramientas para el control y la fiscalización
- Una política pública debilitada
- Un llamado a revisar las modificaciones
“Estas modificaciones implican un grave retroceso en materia de salud pública”, aseguraron desde el Colegio de Nutricionistas de la Primera Circunscripción de la provincia de Santa Fe, en referencia a los cambios que ya comenzaron a implementarse en los envases de productos alimenticios.
Reducción de octógonos: menos advertencias, más confusión
Uno de los puntos más criticados es que los octógonos negros de advertencia —que indican excesos de nutrientes críticos— ya no se calculan según el contenido total del producto, sino únicamente por los nutrientes añadidos durante su elaboración.
Esto significa que, por ejemplo, un alimento naturalmente alto en azúcar o sodio podría quedar exento de mostrar advertencias, si estos no fueron agregados en el proceso industrial.
“Un producto que antes tenía cuatro octógonos, ahora puede tener solo uno o ninguno, sin haber cambiado su fórmula”, alertaron las especialistas. Esto puede inducir a error al consumidor, que podría suponer una mejora nutricional inexistente.
Edulcorantes no siempre identificados
Respecto a los edulcorantes, la nueva normativa establece que solo deben declararse si se utilizan como tales, lo que excluye los casos en que se emplean con otra función, como regulador de humedad. Esto implica que los consumidores pueden no ser advertidos de su presencia, a pesar de estar contraindicados en niños.
“La ausencia de esta información representa una vulneración al derecho a decidir con conocimiento”, remarcaron desde el Colegio.
Publicidad y promoción: menos restricciones para productos dirigidos a menores
Otro cambio significativo tiene que ver con la publicidad de alimentos ultraprocesados. La Disposición 11378/2024 reduce la edad del público protegido de 18 a 16 años, y permite el uso de dibujos animados o personajes infantiles pertenecientes a las empresas, siempre que no sean externos.
Para los nutricionistas, esto “abre la puerta a una mayor exposición de los niños a mensajes que promueven el consumo de productos no saludables”.
Claims nutricionales y contradicciones
Además, se flexibilizó la prohibición de los llamados claims nutricionales en productos que tengan advertencias. Ahora pueden incluirse declaraciones como «rico en hierro» o «bajo en grasas» mientras no se refieran al nutriente presente en exceso.
“Esto puede confundir aún más al consumidor, que recibe mensajes contradictorios en un mismo envase”, indicaron.
Pérdida de herramientas para el control y la fiscalización
La Disposición 11362/2024 también deroga artículos que obligaban a las empresas a mantener actualizadas las declaraciones juradas sobre los componentes de sus productos, lo que dificulta las tareas de control y podría facilitar la información engañosa.
Una política pública debilitada
Desde el Colegio de Nutricionistas y la Federación Argentina de Graduados en Nutrición (FAGRAN) aseguran que las nuevas disposiciones debilitan el espíritu de la ley original y atentan contra el derecho a la información veraz.
“Estos cambios promueven menor acceso a la información nutricional, mayor confusión y desprotección del consumidor”, expresaron. Ya fueron presentados dos recursos administrativos ante el Ministerio de Salud solicitando que se dejen sin efecto las nuevas normativas.
Un llamado a revisar las modificaciones
Las profesionales remarcan que el etiquetado frontal debe seguir siendo una herramienta clave para mejorar los hábitos alimentarios, especialmente en un país como Argentina, donde el consumo de bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados es alarmantemente alto.
“El objetivo debe ser garantizar información clara, útil y completa para proteger la salud de la población”, concluyeron.
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Redacción CFIN