La justicia falló a favor de los beneficiarios
El juez federal Guillermo Díaz Martínez ordenó a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) restablecer, en un plazo de 24 horas, todas las pensiones por invalidez suspendidas en Catamarca. Además, dispuso que se abonen los haberes retenidos a los titulares afectados.
El fallo tiene validez provincial pero puede marcar precedente
Si bien la decisión judicial alcanza únicamente a Catamarca, especialistas advierten que podría servir como antecedente para otras medidas cautelares en el país.
Se cuestiona la normativa aplicada en las auditorías
La acción de amparo fue presentada por la Asociación de Personas y Familiares de Discapacitados Motores, ciudadanos por derecho propio y el Defensor del Pueblo de la provincia. En la presentación, sostuvieron que el decreto 843/24 estableció criterios restrictivos para el acceso a las pensiones, lo que consideran inconstitucional.
Críticas a las auditorías y notificaciones
Los denunciantes señalaron que las auditorías realizadas fueron “irregulares y lesivas”, con notificaciones defectuosas, distancias excesivas para los beneficiarios y plazos poco razonables para presentarse. Incluso, en algunos casos, los pensionados acudieron a las citas y no había personal disponible para atenderlos.
El juez priorizó la vulnerabilidad de los beneficiarios
El magistrado consideró probada la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, resaltando que los haberes tienen carácter alimentario y son esenciales para la subsistencia de los afectados. Por ello, decidió dictar la medida cautelar sin dar traslado previo al Estado Nacional.
Posible impacto nacional
El fallo fue comunicado al Registro de Procesos Colectivos para evaluar la existencia de otras causas similares. Esto implica que, aunque limitado a Catamarca, el caso podría abrir la puerta a resoluciones equivalentes en otras provincias.