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Lectura: Justicia en Catamarca: ordenan a la ANDIS restituir las pensiones por invalidez suspendidas
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CFIN Noticias > Blog > Destacados > Justicia en Catamarca: ordenan a la ANDIS restituir las pensiones por invalidez suspendidas
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Justicia en Catamarca: ordenan a la ANDIS restituir las pensiones por invalidez suspendidas

El Juzgado Federal N° 2 de Catamarca dispuso que la Agencia Nacional de Discapacidad restituya en 24 horas las pensiones no contributivas por invalidez suspendidas en la provincia. El fallo sienta un precedente que podría replicarse en otros distritos.

Marcha en reclamo por los recortes y ajustes en políticas de discapacidad. Imagen de archivo.
Marcha en reclamo por los recortes y ajustes en políticas de discapacidad. Imagen de archivo.
Sfaff Cfin
Última actualización: 15/09/2025 a las 10:07 AM
Sfaff Cfin
Publicado 14 de septiembre de 2025
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La justicia falló a favor de los beneficiarios

El juez federal Guillermo Díaz Martínez ordenó a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) restablecer, en un plazo de 24 horas, todas las pensiones por invalidez suspendidas en Catamarca. Además, dispuso que se abonen los haberes retenidos a los titulares afectados.

Contenido
  • La justicia falló a favor de los beneficiarios
    • El fallo tiene validez provincial pero puede marcar precedente
    • Se cuestiona la normativa aplicada en las auditorías
    • Críticas a las auditorías y notificaciones
    • El juez priorizó la vulnerabilidad de los beneficiarios
    • Posible impacto nacional

El fallo tiene validez provincial pero puede marcar precedente

Si bien la decisión judicial alcanza únicamente a Catamarca, especialistas advierten que podría servir como antecedente para otras medidas cautelares en el país.

Se cuestiona la normativa aplicada en las auditorías

La acción de amparo fue presentada por la Asociación de Personas y Familiares de Discapacitados Motores, ciudadanos por derecho propio y el Defensor del Pueblo de la provincia. En la presentación, sostuvieron que el decreto 843/24 estableció criterios restrictivos para el acceso a las pensiones, lo que consideran inconstitucional.

Críticas a las auditorías y notificaciones

Los denunciantes señalaron que las auditorías realizadas fueron “irregulares y lesivas”, con notificaciones defectuosas, distancias excesivas para los beneficiarios y plazos poco razonables para presentarse. Incluso, en algunos casos, los pensionados acudieron a las citas y no había personal disponible para atenderlos.

El juez priorizó la vulnerabilidad de los beneficiarios

El magistrado consideró probada la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, resaltando que los haberes tienen carácter alimentario y son esenciales para la subsistencia de los afectados. Por ello, decidió dictar la medida cautelar sin dar traslado previo al Estado Nacional.

Posible impacto nacional

El fallo fue comunicado al Registro de Procesos Colectivos para evaluar la existencia de otras causas similares. Esto implica que, aunque limitado a Catamarca, el caso podría abrir la puerta a resoluciones equivalentes en otras provincias.

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ETIQUETADO:ANDISCatamarcaDiscapacidadJavier MileiJusticia federal
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