El proyecto de reforma a la Ley de Procedimiento Tributario y a la Ley Penal Tributaria, conocido informalmente como “Inocencia Fiscal” o “Dólares del colchón”, propone cambios estructurales en la normativa impositiva argentina. A continuación, se presentan los puntos principales del análisis técnico basado en los lineamientos oficiales conocidos hasta la fecha:
🔹 1. Actualización de montos para delitos tributarios
Se incrementan drásticamente los mínimos para configurar delitos penales:
- Evasión simple: pasa de $1,5 millones a $100 millones
- Evasión agravada: de $15 millones a $1.000 millones
- Apropiación indebida: de $100.000 a $10 millones
- Seguridad social: de hasta $35 millones en casos agravados
💬 Desde Ámbito Financiero opinan que la actualización es lógica por la inflación, aunque sugieren que se establezca un mecanismo automático de ajuste.
🔹 2. Nuevos mecanismos para extinguir la acción penal
Se habilitan dos instancias para evitar causas penales:
- Antes de la denuncia: pago total de deuda + una sola vez por contribuyente
- Después de la imputación: pago total + 50% adicional dentro de 30 días
💬 Se destaca la previsibilidad del proceso, aunque se pide que ARCA informe formalmente antes de denunciar.
🔹 3. Eliminación de la “reparación integral del daño”
Se prohíbe aplicar esta figura del Código Penal en causas tributarias.
💬 Esto endurece el sistema y reduce opciones de resolución alternativa.
🔹 4. Criterios para no formular denuncia penal
ARCA podrá no denunciar si existen:
- Diferencias técnicas
- Presunciones
- DDJJ previas a la fiscalización
💬 El criterio es positivo, pero debe aplicarse con reglas objetivas para evitar discrecionalidad.
🔹 5. Reducción del plazo de prescripción
Para contribuyentes registrados y al día, el plazo baja de 5 a 3 años.
Se elimina la prórroga automática de 120 días antes del vencimiento.
💬 Esto refuerza la seguridad jurídica y corrige distorsiones previas, como demoras excesivas o beneficios injustificados a la administración.
🔹 6. Definición de “discrepancia significativa”
Será cuando haya:
- Diferencias superiores al 15%
- Usos de facturación apócrifa
- Incrementos impositivos o reducciones relevantes
🔹 7. Declaración Jurada Simplificada
Nuevo régimen optativo para personas humanas con ingresos o patrimonio menores a $1.000 millones. Aceptan una DDJJ sugerida por ARCA y quedan liberadas del tributo.
💬 El sistema podría ser útil, pero desincentiva al excluir del monotributo, afectando a profesionales independientes.
🔹 8. Blindaje al “plan colchón”
Se impide a ARCA usar incrementos patrimoniales no justificados como disparador de fiscalización dentro del régimen. No se podrá extender la fiscalización a períodos anteriores.
💬 Aporta seguridad jurídica, aunque hay antecedentes de interpretaciones restrictivas por parte de ARCA.
🔹 9. Prescripción tributaria unificada
Provincias, CABA y municipios deberán aplicar los mismos plazos que la ley nacional.
💬 Se busca coherencia y eficiencia administrativa. Reduce litigios por plazos desfasados.
🔹 10. Actualización de multas por infracciones formales
Se actualizan los montos por no presentar declaraciones juradas.
💬 Debe garantizarse que las multas sean proporcionales. Si son excesivas, resultan injustas para los contribuyentes.
Este análisis busca ofrecer una mirada crítica y constructiva sobre una reforma que, de aprobarse, podría redefinir el vínculo entre el fisco y los contribuyentes, incentivando la regularización y ajustando el alcance penal a los casos más graves.
📌 Fuente: Ámbito Financiero