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Lectura: El juez del concurso de SanCor ordenó la designación de un coadministrador judicial
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CFIN Noticias > Blog > Economía > El juez del concurso de SanCor ordenó la designación de un coadministrador judicial
Economía

El juez del concurso de SanCor ordenó la designación de un coadministrador judicial

La Justicia concursal dispuso la coadministración de SanCor CUL por un plazo inicial de 60 días, tras detectar irregularidades en la información operativa, incumplimientos laborales y falta de acreditación de pagos a acreedores.

Planta productiva de SanCor, donde se desarrollan procesos industriales del sector lácteo.
Planta productiva de SanCor, donde se desarrollan procesos industriales del sector lácteo. Foto de archivo.
Sfaff Cfin
Última actualización: 30/12/2025 a las 7:54 AM
Sfaff Cfin
Publicado 30 de diciembre de 2025
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El juez Marcelo Germán Gelcich, titular del Juzgado Civil y Comercial de la 4ª Nominación de Rafaela y a cargo del concurso preventivo de SanCor CUL, ordenó la designación de un coadministrador judicial con amplias facultades de administración, representación y auditoría.

Contenido
  • Fundamentos de la medida judicial
  • Irregularidades laborales y previsionales
  • Falta de acreditación de pagos a acreedores
  • Alcance y duración de la coadministración
  • Facultades especiales otorgadas por el juez
  • Objetivo de la intervención

La decisión se apoya en informes elevados por la Sindicatura y el Comité Provisorio de Control, que advirtieron sobre graves deficiencias en la gestión, incumplimientos laborales y falta de transparencia financiera por parte de la cooperativa láctea.

Fundamentos de la medida judicial

Según detalla la resolución, el magistrado identificó tres problemas centrales que motivaron la intervención parcial de la concursada.

Por un lado, se señaló una reticencia informativa sostenida, ya que SanCor no habría aportado documentación clara sobre el funcionamiento de sus plantas industriales, los contratos vigentes con terceros, los niveles de producción, los canales de comercialización ni el destino de los ingresos percibidos.

Irregularidades laborales y previsionales

Otro de los puntos destacados refiere a la situación laboral. El Comité de Control informó que la empresa adeuda salarios desde junio de 2025 y el aguinaldo correspondiente al año en curso. Además, se denunció la presunta utilización de recibos de sueldo con datos falsos, lo que podría implicar evasión de aportes al sistema de seguridad social.

Falta de acreditación de pagos a acreedores

El juez también consideró la falta de acreditación del pago de créditos prontopagables, situación que viene siendo reclamada por la Sindicatura. SanCor argumentó que dichos pagos deberían ser afrontados por un fideicomiso vinculado a la cooperativa, que habría sido notificado formalmente el 17 de diciembre de 2025, aunque hasta el momento no se habrían presentado constancias fehacientes de cumplimiento.

Alcance y duración de la coadministración

La medida tendrá un plazo inicial de 60 días, con posibilidad de prórroga. Durante ese período, el coadministrador actuará de manera conjunta con los órganos naturales de la empresa. Todo acto con impacto patrimonial o contable requerirá la firma conjunta, bajo pena de nulidad.

El profesional designado deberá contar con aptitud certificada en sindicatura concursal y será seleccionado de una terna propuesta por la Sindicatura. Además, podrá nombrar hasta seis auxiliares técnicos para auditar la empresa en tiempo real.

Facultades especiales otorgadas por el juez

La resolución autoriza al coadministrador a ingresar a todos los establecimientos donde opere SanCor o se desarrollen actividades vinculadas a su proceso productivo, incluso con auxilio de la fuerza pública. También podrá intimar la entrega de información y documentación, solicitar habilitación de feria judicial y requerir instrucciones a la Sindicatura para el cumplimiento de sus funciones.

Objetivo de la intervención

En un apartado redactado en lenguaje claro, el juez Gelcich remarcó que la coadministración no implica una intervención total, sino un mecanismo de control efectivo. SanCor mantiene su dirección, pero sus autoridades ya no pueden adoptar decisiones económicas de manera unilateral.

El objetivo de la medida es garantizar transparencia, proteger a los acreedores y asegurar que la actividad de la empresa esté orientada a superar la crisis, conforme a los principios del régimen concursal vigente.

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ETIQUETADO:AtilraJusticiaSancor
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