La ley de Juicios por Jurados determina que es una carga pública para todos los
ciudadanos sorteados y habilitados, integrar el tribunal de “Juicio por Jurados”.
El trámite de aceptación de parte de los convocados implica según el objeto del
convenio recibir una notificación que será materializada a través de las Oficinas de
Mandamientos y Notificaciones del Poder Judicial.
El convenio de colaboración tiene por fin implementar lo dispuesto en el artículo 16
de la Ley 14.253 de “Juicio por Jurados”, que establece un sistema de depuración del
listado principal que surge del padrón electoral, por el cual el ciudadano/a que reciba
una notificación en el futuro, deberá completar una declaración jurada a fin de poder
integrar las listas que se usaran con una periodicidad bianual. Dicha declaración
jurada servirá para corroborar –a la vez- que no se poseen impedimentos para ser jurado.
Fuente: CFIN