La defensa de Nahir Galarza presentó un recurso ante la Sala Penal N° 1 del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos para solicitar la revisión de la condena a prisión perpetua que cumple por el asesinato de Fernando Pastorizzo, ocurrido en diciembre de 2017 en Gualeguaychú.
El planteo fue impulsado por el abogado Eduardo Gerard, quien asumió la representación legal de Galarza a fines de 2025. La presentación busca que el máximo tribunal provincial vuelva a analizar la sentencia que quedó firme luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazara el último recurso extraordinario en julio de 2024.
Un pedido basado en circunstancias excepcionales
La solicitud fue presentada en el marco del artículo 527 del Código Procesal Penal de Entre Ríos, que contempla la posibilidad de revisar sentencias firmes en situaciones excepcionales.
La defensa sostiene que existen elementos suficientes para que el tribunal reexamine la condena, apoyándose en dos ejes principales: la supuesta utilización de una prueba pericial inválida y una interpretación de la ley penal que considera perjudicial para la condenada.
Los cuestionamientos a la prueba pericial
Uno de los principales argumentos apunta al informe elaborado por Gabriela Laiño, perito de la Policía de Entre Ríos y licenciada en Bromatología, quien realizó el análisis del teléfono celular de Galarza.
Ese informe, de aproximadamente 1.500 páginas, fue considerado una prueba clave durante el juicio para acreditar la existencia de una relación de pareja entre Galarza y Pastorizzo, circunstancia que permitió aplicar el agravante de homicidio agravado por el vínculo.
La nueva defensa solicita que la Justicia determine si esa pericia fue válida y si influyó de manera determinante en la sentencia.
También cuestionan la calificación legal
El recurso también sostiene que el caso no fue analizado con perspectiva de género y señala que existen fallos posteriores de la Corte Suprema y del propio STJ de Entre Ríos que podrían justificar una nueva revisión del expediente.
Además, la defensa cuestiona la interpretación utilizada para considerar acreditada la existencia de una relación de pareja entre Galarza y Pastorizzo. Según el planteo, no se habrían cumplido los requisitos exigidos por la legislación penal para aplicar el agravante por el vínculo, entre ellos la existencia de un proyecto de vida en común.
Qué deberá resolver la Justicia
Ahora será la Sala Penal N° 1 del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos la que deberá evaluar si los argumentos presentados cumplen con los requisitos legales para abrir el proceso de revisión de la condena.
La sentencia a prisión perpetua fue dictada el 3 de julio de 2018 por unanimidad por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguaychú, y permanece firme desde el rechazo del último recurso extraordinario por parte de la Corte Suprema.

