La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe emitió este lunes dos fallos de alto impacto sobre la emergencia previsional vigente en la provincia. En decisiones adoptadas por mayoría, el máximo tribunal declaró inconstitucional el tope jubilatorio en una de las causas y resolvió que el reclamo por el aporte solidario debe continuar su trámite ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo.
Las resoluciones corresponden a los expedientes «Ramón» y «Lisi», ambos vinculados con la aplicación de la Ley Nº 14.283, que estableció la emergencia previsional en Santa Fe.
El fallo sobre el tope jubilatorio
En la causa «Ramón», la Corte declaró inconstitucional el tope jubilatorio incorporado mediante la reforma de la Ley 6.915. Con esta decisión, el tribunal entendió que la limitación aplicada a determinados haberes previsionales no supera el análisis de constitucionalidad.
El fallo representa uno de los pronunciamientos más relevantes sobre la reforma previsional provincial y abre la posibilidad de que el caso continúe en la instancia federal si alguna de las partes decide recurrir.
Qué resolvió la Corte sobre el aporte solidario
En el expediente «Lisi», promovido por una docente jubilada que cuestionó la emergencia previsional y el aporte solidario, la Corte consideró admisible el recurso presentado, pero entendió que la cuestión debe ser resuelta por la Cámara en lo Contencioso Administrativo.
Por ese motivo, otorgó un plazo de 30 días para que los amparistas adecuen su planteo y continúen el proceso ante ese fuero, al considerar que es el ámbito competente para resolver la controversia.
Votación dividida entre los ministros
Los dos fallos se resolvieron por cuatro votos contra tres, lo que reflejó diferencias de criterio entre los integrantes del máximo tribunal provincial.
En ambas decisiones, el voto del ministro Roberto Falistocco resultó determinante para conformar la mayoría, aunque con posiciones diferentes según cada expediente.
Un fallo en la recta final de la emergencia previsional
Las resoluciones se conocieron pocos días antes del vencimiento de la Ley de Emergencia Previsional, cuya vigencia finalizará el 13 de septiembre.
Tanto en el caso del tope jubilatorio como en el del aporte solidario, las partes conservan la posibilidad de acudir a la Justicia Federal para continuar con sus reclamos.

