La Cámara de Casación Penal de Entre Ríos ordenó hoy la “inmediata captura” del exgobernador Sergio Urribarri en la causa en la que fue condenado en 2022 a ocho años de prisión e inhabilitado a perpetuidad para ejercer cargos públicos. Como la condena todavía no está firme, Uribarri no comenzará a cumplir su pena. Lo dispuesto por la Casación provincial es una prisión preventiva.
La orden de detención del exgobernador fue dispuesta esta mañana por la Cámara de Casación provincial y comunicada por la presidenta del tribunal, Marcela Davite, al jefe de la Policía de Entre Ríos, que una vez que lo capture deberá “alojarlo” en la Unidad Penal 1, de acuerdo con las instrucciones recibidas.
La detención se ordenó en el marco de la causa en la que la justicia de la provincia consideró probado que Urribarri dispuso en forma ilegal de fondos públicos para financiar sus campañas electorales; entre otras maniobras, a través de contratos de imprenta y publicidad.
El exgobernador -que durante el gobierno de Alberto Fernández fue embajador en Israel- fue condenado el 7 de abril de 2022 y esa sentencia fue confirmada por la Casación de Entre Ríos en 2023. Urribarri presentó un recurso extraordinario y tiene todavía la posibilidad de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revierta su condena.
Cuando el Superior Tribunal de Entre Ríos le rechazó el recurso extraordinario local, la fiscalía pidió la detención, pero en un primer momento la Cámara rechazó esta solicitud. Después, la fiscalía recurrió esa decisión y esta mañana, finalmente, se ordenó la prisión preventiva “hasta que la sentencia condenatoria recaída en autos adquiera firmeza”.
Esta causa es por la que fue removida de su cargo la fiscal anticorrupción Cecilia Goyeneche, que enfrentó un jury por mal desempeño. Goyeneche coordinó el equipo de investigadores que avanzó contra Urribarri, gobernador de Entre Ríos (2007-2015), aliado del kirchnerismo. Ahora, Goyeneche apuesta a que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que tiene su caso a estudio, la restituya en su cargo. En abril pasado, el máximo tribunal le pidió al Superior Tribunal de Entre Ríos que le envíe el expediente completo para analizar el planteo contra la destitución.
Cuando la Cámara de Casación de la provincia confirmó la condena de Urribarri afirmó que toda la prueba de la causa fue “legítimamente reunida” y que a los acusados se les garantizó el debido ejercicio de su defensa. Según la Casación, esta investigación tuvo pruebas de “un volumen y contenido incriminador pocas veces visto en este tipo de hechos”.
Los delitos por los que está condenado Urribarri son peculado y negociaciones incompatibles con el cargo. La sentencia confirmada fue dictada, por unanimidad, el 7 de abril de 2022.
Una prueba “cinematográfica”
La Casación recordó que entre la abundante prueba encontrada una, que resultó clave, apareció de un modo “cinematográfico”: durante un allanamiento en una empresa que resultó ser de un cuñado de Urribarri revolearon a la casa de al lado un disco extraíble que encontró, colgando de una canaleta, la empleada doméstica de la casa vecina. Se lo mostró a la dueña de casa y aunque las dos creyeron que podía ser un juguete, se lo entregaron a la policía que estaba haciendo el allanamiento.
Junto con Urribarri fueron condenados el exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez, y el exfuncionario legislativo Juan Pablo Aguilera, ambos a seis años de prisión y la inhabilitación para ejercer cargos públicos.
La Casación provincial ordenó hoy también la captura de Aguilera, que es el cuñado de Urribarri. A Aguilera se lo acusó de uno de los delitos contra la administración pública, por ser dueño de las imprentas a la que se giraron los trabajos financiados con dinero público y funcionario a la vez, pero también por ser parte activa de la cartelización de empresas que posibilitó el desvío de fondos.
La orden de detención
El fallo de hoy de la Casación provincial lleva las firmas de las juezas Marcela Davite, Marcela Badano y María Evangelina Bruzzo. La sentencia dispone, en su punto I: “Hacer lugar al recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, revocar la resolución de fecha 05/09/2024, dictada por el Tribunal de juicio y apelaciones de Paraná, y en consecuencia, disponer la prisión preventiva efectiva de los imputados Sergio D. Urribarri y Juan Pablo Aguilera, hasta que la sentencia condenatoria recaída en autos adquiera firmeza”. Y en su punto II: “Ordenar la inmediata detención y posterior traslado a la Unidad Penal N°1, a disposición de este Tribunal y causa, de los imputados Sergio D. Urribarri y Juan Pablo Aguilera”.
Fuente: La Nación