El gobierno dio a conocer las nuevas medidas tendientes a reducir la circulación de personas. ¿Qué pasa con las clases, comercio, bares y encuentros sociales?
El gobierno de la provincia de Santa Fe dispuso una serie de restricciones con vigencia a partir de este sábado 12 de junio en contra de la propagación del coronavirus. En general, se optó por mantener la limitación de la circulación, el horario y la modalidad de atención de bares y locales comerciales durante este fin de semana. Pero, a partir del lunes y hasta el próximo 25 de junio, se establece la apertura de locales en shoppings y la actividad deportiva que no sea de contacto, entre otras actividades.
Respecto a las clases presenciales, la ministra de Salud, Sonia Martorano, dijo que toda la provincia está por encima de los 500 casos cada 100.000 habitantes y eso no permite volver a la presencialidad. Esa situación es aún más crítica en los departamentos La Capital, Rosario y San Lorenzo.
Las mismas son tomadas en función a que al día de hoy, las autoridades nacionales, indicaron que todos los departamentos de la provincia continúan en igual situación epidemiológica que hace 15 días.
El nuevo decreto es una prórroga que tendrá efecto desde las cero horas del lunes 14 de junio hasta el 25 inclusive.
En tanto, este fin de semana continuarán vigentes las restricciones ya aplicadas por el decreto anterior.
Desde el lunes queda autorizada la circulación vehicular en la vía pública, desde las 06hs hasta las 20hs. A partir de las 20hs y hasta las 06hs del día siguiente sólo se permitirá la circulación de quienes realicen actividades esenciales.
Como en las anteriores oportunidades, quedan exceptuados aquellos que cumplan con su actividad laboral, quienes deberán llevar la documentación respaldatoria y la app provincial Coronavirus Santa Fe o la app Covid19-AR.
El detalle de las medidas:
Comercio Mayorista y Comercio Minorista Venta de mercaderías / con atención al público: se amplía el horario de la actividad del comercio mayorista y comercio minorista, con atención al público en los locales, todos los días de la semana hasta las diecinueve (19) horas. El factor de ocupación de la superficie cerrada de los locales, destinada a la atención del público, no podrá exceder del treinta por ciento (30%).
Actividades Comerciales: queda habilitada la actividad de los locales comerciales ubicados en centros y paseos, en modalidad galería; cumplimentando las reglas generales de conducta, prevención y los protocolos establecidos, hasta las diecinueve horas (19hs).
Actividades Gastronómicas:
Los locales gastronómicos podrán funcionar entre las 06hs y las 19hs.
Actividades Religiosas: se habilitan al aire libre sin superar las 10 personas, manteniendo la distancia mínima de 2 metros y el uso de barbijo en todo momento.
En cuanto a las reuniones familiares y encuentros sociales continúan prohibidos.