Agosto es acompañado en la firma por Omar Perotti, Alejandra
Rodenas, Marcos Corach, Celia Arena, Sonia Martorano, Lucila De Ponti y
Verónica Baró Graf.
Entre los principales fundamentos el autor de la iniciativa expresa que
«a esta altura del año 2024 y con las estadísticas oficiales ya publicadas, es
posible observar claramente que la sequía histórica por la que atravesó el
país en 2023 ha sido letal para la economía provincial. Santa Fe resultó la
provincia más afectada, no sólo por la severidad del fenómeno sino también
por su cobertura geográfica y extensión en el tiempo. La provincia registró
una contracción de su actividad económica del 8,6% el pasado año,
observándose una caída generalizada en la evolución de sus principales
sectores productivos, en particular en las Mipymes, dado su gran predominio
en la cadena productiva santafesina».
Agosto marca que, por la importancia de estos sectores en el valor
agregado provincial, el impacto en las arcas provinciales fue notable, con
importantes caídas en términos reales de la recaudación provincial durante el
pasado año. No deja de mencionar las medidas del nuevo gobierno nacional
profundizaron la tendencia contractiva de la economía, lo que ha golpeado el
ingreso disponible de los contribuyentes, así como la rentabilidad de las
empresas. También destaca que el Congreso de la Nación ha sancionado el
denominado paquete fiscal, que incluye un régimen de regularización de
obligaciones fiscales y aduaneras exigibles al 31 de marzo último.
El proyecto exceptúa del ingreso a la moratoria a contribuyentes con
proceso penal abierto por delitos tributarios referidos a impuestos
provinciales; en tanto hayan sido pasibles de una requisitoria de acusación
en su contra presentada ante el Juez de la Investigación Penal Preparatoria
en los términos de los artículos 294 y 296 del Código Procesal Penal de la
Provincia de Santa Fe; los agentes de recaudación del sistema SIRCREB, por
las retenciones o percepciones practicadas o no; agentes de retención y/o
percepción por los importes que hubieran retenido o percibido y que no fueron
ingresados al fisco, multas y por cualquier concepto.
En otro orden, el proyecto prevé que las obligaciones fiscales que se
regularicen se calcularán adicionando al monto del impuesto, tasa o
contribución el dos por ciento (2%) de interés simple mensual, calculado de
su fecha de vencimiento hasta la de su efectivo pago o formalización del
convenio respectivo, más las multas si correspondieren de acuerdo a lo que
disponga la reglamentación. Con relación a los planes de pagos, además del
pago contado, que implica una quita del 80% de los intereses, se proponen
planes de pagos de 12, 24, 36 y 48 cuotas, con un interés creciente que va
del 2% al 3,5%, bajo sistema alemán. En el caso de los planes de pagos de
12 cuotas y 24 cuotas, se accede a una quita del 40% de los intereses, en el
primer caso, y del 20% de los intereses en el segundo caso.
Para todos los de Convenios de Pago, el importe de cada cuota no podrá
ser inferior a tres mil pesos, en el caso de los impuestos de emisión, mientras
que para el resto de los impuestos, tasas y contribuciones el monto no podrá
ser inferior seis mil pesos.
Fuente: CFIN