La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó que Cristina Fernández de Kirchner deberá continuar utilizando una tobillera electrónica, en el marco de la ejecución de la condena dictada en la causa conocida como “Vialidad”.
La decisión fue adoptada por unanimidad y lleva la firma de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes desestimaron una queja presentada por la defensa de la ex presidenta.
Rechazo al recurso y ratificación de la medida
El máximo tribunal consideró que el planteo contra la colocación del dispositivo de monitoreo electrónico carecía de fundamentación suficiente. Según el fallo, la defensa no logró demostrar por qué la medida no resultaría necesaria para asegurar el cumplimiento efectivo de la pena.
Los jueces señalaron que los argumentos presentados se limitaron a reiterar una postura minoritaria expresada en la Cámara de Casación Penal, sin aportar fundamentos propios que justificaran la revisión del caso.
La condena en la causa Vialidad
Cristina Fernández de Kirchner fue declarada penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, en relación con 51 licitaciones de obra pública en la provincia de Santa Cruz.
Las obras fueron adjudicadas a empresas vinculadas al empresario Lázaro Báez, quien también resultó condenado en el mismo expediente judicial.
El fallo condenatorio fue dictado por el Tribunal Oral Federal N.º 2 de la Ciudad de Buenos Aires y quedó firme el 10 de junio de 2025, tras ser confirmado por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal y posteriormente por la Corte Suprema.
Prisión domiciliaria, visitas y controles
En la etapa de ejecución de la condena, el TOF N.º 2 dispuso dos medidas centrales:
- La colocación de una tobillera electrónica
- La obligación de solicitar autorización judicial para visitas no incluidas en un listado previamente aprobado
Estas decisiones se fundamentaron en el volumen de visitas que recibe la ex mandataria en el domicilio donde cumple prisión domiciliaria.
La Corte Suprema resolvió que no correspondía pronunciarse sobre el régimen de visitas original, ya que fue reemplazado por uno nuevo el 19 de noviembre de 2025, lo que volvió abstracto ese planteo.
Rechazo a las recusaciones contra los jueces
El tribunal también rechazó de plano las recusaciones presentadas por Cristina Kirchner contra los propios ministros de la Corte.
La ex presidenta había alegado un “temor fundado” de parcialidad vinculado a la actuación del tribunal en fallos anteriores. Sin embargo, los jueces consideraron que esos argumentos se basaban exclusivamente en decisiones adoptadas en el ejercicio regular de sus funciones legales.
Acceso limitado a la terraza del edificio
En una resolución complementaria, el juez del TOF N.º 2, Jorge Gorini, autorizó a Cristina Kirchner a acceder a la terraza del edificio donde cumple prisión domiciliaria, por un máximo de dos horas diarias.
La medida fue equiparada a la salida al patio prevista para personas privadas de libertad en establecimientos penitenciarios. La ex mandataria ya podía utilizar el balcón de su departamento, y ahora se suma este nuevo espacio bajo condiciones controladas.
La resolución mantuvo sin cambios la prisión domiciliaria, el uso de la tobillera electrónica y los controles trimestrales, pero introdujo ajustes en el régimen de visitas, reduciendo el número de personas con ingreso irrestricto y exigiendo mayor justificación en determinados casos.

