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Lectura: Confirman la condena a 12 años de prisión al docente Juan Trigatti por abuso sexual agravado en Santa Fe
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CFIN Noticias > Blog > Justicia > Confirman la condena a 12 años de prisión al docente Juan Trigatti por abuso sexual agravado en Santa Fe
Justicia

Confirman la condena a 12 años de prisión al docente Juan Trigatti por abuso sexual agravado en Santa Fe

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Santa Fe confirmó la condena a 12 años de prisión para el profesor Juan Francisco Trigatti, hallado culpable de abusos sexuales agravados contra cinco niñas del Jardín Ceferino Namuncurá. El fallo destacó la falta de perspectiva de género en la sentencia absolutoria inicial.

Sfaff Cfin
Última actualización: 07/11/2025 a las 2:45 PM
Sfaff Cfin
Publicado 7 de noviembre de 2025
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Condena firme para el docente acusado de abusos

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Santa Fe confirmó la condena a 12 años de prisión efectiva para el docente Juan Francisco Trigatti, tras hallarlo responsable de abusos sexuales reiterados y agravados contra cinco niñas de entre 3 y 6 años, que asistían al Jardín Ceferino Namuncurá de la ciudad de Santa Fe.

Contenido
  • Condena firme para el docente acusado de abusos
    • Abusos cometidos desde una posición de poder
    • Críticas a la falta de perspectiva de género en la absolución inicial
    • Un fallo con enfoque de derechos

Según la resolución judicial, las pruebas recolectadas durante el debate —entre ellas, testimonios de las víctimas, declaraciones en Cámara Gesell, e informes médicos y psicológicos— fueron consideradas coherentes, consistentes y concordantes, lo que permitió confirmar la responsabilidad penal del acusado.

Abusos cometidos desde una posición de poder

El tribunal remarcó que Trigatti se aprovechó de su posición jerárquica como docente de educación física para aislar a las niñas y cometer los abusos en contextos de vulnerabilidad y confianza.
Esta circunstancia fue considerada un agravante, dado que el acusado utilizó el vínculo pedagógico para generar un entorno propicio para los ataques.

Críticas a la falta de perspectiva de género en la absolución inicial

En los fundamentos, la Cámara subrayó que la sentencia absolutoria de primera instancia “careció de perspectiva de género e infancia”, al desacreditar los testimonios de las menores y de sus madres bajo el argumento de una supuesta “influencia materna”.

Los jueces enfatizaron que ese tipo de razonamientos reproducen estereotipos patriarcales y revictimizan a las infancias, contrariando los estándares internacionales de derechos humanos sobre el tratamiento judicial de víctimas menores de edad.

“El tribunal de grado omitió ponderar debidamente la coherencia de los relatos, la espontaneidad de las manifestaciones y la coincidencia con los informes periciales”, destacaron los magistrados.

Un fallo con enfoque de derechos

Con esta decisión, la Cámara reafirma la importancia de incorporar la perspectiva de género y de infancia en los procesos judiciales, especialmente en causas que involucran violencia sexual contra menores.
El fallo fue celebrado por referentes del ámbito judicial y organizaciones que promueven la protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

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ETIQUETADO:Abuso SexualCaso TrigattiJusticia
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